Que elevada la sentencia en apelación la Sala Penal Primera de la Corte Superior de
Que elevada la sentencia en apelación la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Chuquisaca, a fs. 240-242 pronuncia A.V. que confirma la sentencia en cuanto al delito de robo agravado incurso en el art. 332 del Código Penal, así como la condena a los cuatro incriminados a diez años de presidio a cumplir en la cárcel pública de la ciudad de Monteagudo, con costas al Estado y revoca en cuanto al delito de robo de la camioneta aludida, por lo que de conformidad al art. 244-1) del Código de Procedimiento Penal, absuelve de culpa y pena a los cuatro incriminados respecto al tipo penal previsto en el art. 331 de la ley sustantiva de la materia, sin costas por la revocatoria parcial. Auto de Vista. que es recurrido de casación o nulidad, por el defensor de oficio de los incriminados, con los fundamentos expuestos en el memorial de fs. 244-247, acusando la violación de los arts. 46 y 332 del Código Penal, por errónea aplicación así como del art. 135 del Código de Procedimiento Penal
- CONSIDERANDO: Que el Juez de Partido Mixto de la provincia Hernando Siles de Chuquisaca, a
- Que elevada la sentencia en apelación la Sala Penal Primera de la Corte Superior de
- CONSIDERANDO: Que analizados los antecedentes del proceso, con relación a las infracciones acusadas en el
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
