CONSIDERANDO: Que, en el sub-lite, Klaus Sieghard Hinz Penner, plantean el recurso de apelación restringida
CONSIDERANDO: Que, en el sub-lite, Klaus Sieghard Hinz Penner, plantean el recurso de apelación restringida a fs. 170-174, sin invocar el precedente contradictorio, y lo que es más grave en el recurso de casación interpuesto a fs. 205-209 vlta, acompaña como precedente el Auto de Vista Nº 508, el mismo que no puede servir de precedente, porque no existe contradicción con el Auto de Vista impugnado, por cuanto ambos, condenan al imputado René Acuña Cabrera a la pena de 4 años y 6 meses de reclusión, por el delito de robo agravado, lo que indudablemente no llena el voto del citado art. 416 del Nuevo Código de Procedimiento Penal e impide su consideración al Tribunal de casación; además, pide que en casación se establezca la existencia de "plena prueba" contra Simón Suárez y se le imponga la pena de 10 años de presidio, forma de resolución no prevista por el art. 419 del Código de Procedimiento Penal
- CONSIDERANDO: Que, para la procedencia del recurso de casación indefectiblemente deben cumplirse con los requisitos
- CONSIDERANDO: Que, en el sub-lite, Klaus Sieghard Hinz Penner, plantean el recurso de apelación restringida
- En cuanto al recurso interpuesto por René Acuña Cabrera, del análisis del mismo, se evidencia
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
