Auto Supremo AS/0208/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0208/2004

Fecha: 03-Abr-2004

POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,


Por lo expuesto y al no haberse cumplido con los requisitos previstos en la segunda y tercera parte del art. 416 y apartado segundo del 417 del Código de Procedimiento Penal, corresponde declarar la inadmisibilidad de los recursos deducidos.

POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad que le confiere el numeral 1) del art. 50 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto a fs. 205-209 vlta. y 212-213