Auto Supremo AS/0208/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0208/2004

Fecha: 03-Abr-2004

CONSIDERANDO: Que, para la procedencia del recurso de casación indefectiblemente deben cumplirse con los requisitos

SALA PENAL

 

AUTO SUPREMO No 208 Sucre 3 de abril de 2004

DISTRITO: Santa Cruz

PARTES: Klaus Sieghard Hinz Penner y otro c/ René Acuña Cabrera,

robo agravado y otros




VISTOS: Los recursos de casación de fs. 205-209 vlta. y 212-213, interpuestos por Klaus Sieghard Hinz Penner y René Acuña Cabrera, impugnando el Auto de Vista de fs. 200-202 de fecha 4 de febrero del año en curso, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del juicio oral, público y contradictorio seguido por el Ministerio Público y la acusación particular del primer recurrente contra el segundo y otros, por el delito de robo agravado y otros; sus antecedentes; y

CONSIDERANDO: Que, para la procedencia del recurso de casación indefectiblemente deben cumplirse con los requisitos establecidos en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal; esto es, que al interponer el recurso de casación debe invocarse el precedente contradictorio contenido en algún Auto de Vista dictado por una de las Salas Penales de las Cortes Superiores de Distrito o Auto Supremo pronunciado por la Sala Penal de la Corte Suprema, precisando los términos de la contradicción ante una situación de hechos similares, en términos claros y precisos para que el Tribunal Supremo establezca la doctrina legal que corresponda en su caso