Auto Supremo AS/0215/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0215/2004

Fecha: 07-Abr-2004

Es más, en la tramitación del proceso y la dictación de la sentencia no se


Es más, en la tramitación del proceso y la dictación de la sentencia no se advierte ningún defecto absoluto de procedimiento contemplado en los arts. 169-3); 370-8) o inobservancia del art. 399 todos del Código de Procedimiento Penal y del art. 16 de la Constitución Política del Estado, por lo que en consideración a lo expuesto, no es admisible el recurso de casación formulado a fs. 78-81 vlta, tanto por formalidad como por continencia