CONSIDERANDO: Que, con sujeción a las reglas que rigen la materia, los arts
SALA PENAL
AUTO SUPREMO No 222 Sucre 13 de abril de 2004
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Ministerio Público c/ Juan Carlos Balcázar Blanco y otro,
suministro de sustancias controladas
MINISTRO RELATOR: Dr. Héctor Sandoval Parada
CONSIDERANDO: Que, con sujeción a las reglas que rigen la materia, los arts. 101-118 de la Ley 1008, el tribunal a-quo a fs. 140-141 pronuncia sentencia que declara a Juan Carlos Balcazar Blanco, autor del delito de suministro de sustancias controladas, previsto en art. 51 de Ley 1008, condenándolo a la pena de ocho años de presidio a cumplir en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz, pago de 500 días multa a razón de un Bs día, más pago de costas, daños y perjuicios a favor del Estado, que serán fijados en ejecución de sentencia
AUTO SUPREMO No 222 Sucre 13 de abril de 2004
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Ministerio Público c/ Juan Carlos Balcázar Blanco y otro,
suministro de sustancias controladas
MINISTRO RELATOR: Dr. Héctor Sandoval Parada
CONSIDERANDO: Que, con sujeción a las reglas que rigen la materia, los arts. 101-118 de la Ley 1008, el tribunal a-quo a fs. 140-141 pronuncia sentencia que declara a Juan Carlos Balcazar Blanco, autor del delito de suministro de sustancias controladas, previsto en art. 51 de Ley 1008, condenándolo a la pena de ocho años de presidio a cumplir en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz, pago de 500 días multa a razón de un Bs día, más pago de costas, daños y perjuicios a favor del Estado, que serán fijados en ejecución de sentencia
- CONSIDERANDO: Que, con sujeción a las reglas que rigen la materia, los arts
- Al imputado Madecadel Ardaya Chanoto, lo absuelve de culpa y pena como previene el art
- Asimismo dispone la confiscación definitiva de los cuatro teléfonos celulares incautados según acta de fs
- Sentencia que es confirmada por el A
- Que el procesado Juan Carlos Balcazar Blanco, a fs
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
