POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con el
POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con el requerimiento del Fiscal Adjunto, en aplicación del numeral 2) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal, declara INFUNDADO el recurso de casación y nulidad interpuesto a fs. 1323-1329
- desobediencia a resoluciones de Amparo y Habeas Corpus
- CONSIDERANDO: Que, siguiendo la normativa que regula el plenario, el Juez a-quo a fs
- Que, con los fundamentos esgrimidos en su memorial de fs
- CONSIDERANDO: Que, las causas invocadas como motivos de nulidad, no san tales
- En lo fundamental, la corte de alzada, al pronunciar el Auto de Vista impugnado, que
- POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con el
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
