Por consiguiente, no existiendo incompatibilidad en los fundamentos de la sentencia que se pretender rever,
Por consiguiente, no existiendo incompatibilidad en los fundamentos de la sentencia que se pretender rever, con los contenidos en la sentencia, de 10 de diciembre de 1998 que se adjunta a fs. 1-4 de obrados, no se viabiliza la revisión de sentencia ejecutoriada, por lo que corresponde al Supremo Tribunal declarar inadmisible el recurso saliente a fs. 12-17
- CONSIDERANDO: Que el recurrente José Luís Aranda Andia invocando el art
- Que, el recurrente acompaña una sentencia ejecutoriada que ciertamente acredita que en otro proceso penal,
- Por consiguiente, no existiendo incompatibilidad en los fundamentos de la sentencia que se pretender rever,
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y hágase saber
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
