Auto Supremo AS/0305/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0305/2004

Fecha: 18-May-2004

Que, el Tribunal de alzada, haciendo uso de la facultad privativa incensurable en casación que


Que, el Tribunal de alzada, haciendo uso de la facultad privativa incensurable en casación que le confiere el art. 135 del Código de Procedimiento Penal, ha procedido correctamente a la calificación del delito así como en la fijación de la pena, considerando que contra el incriminado existe plena prueba, conforme al art. 243 del Código Adjetivo Penal, sin haber infringido ninguna disposición legal, menos las acusadas en los recursos examinados