Que, para condenar debe existir plena prueba, según exige el art
Que, para condenar debe existir plena prueba, según exige el art. 243 del Código de Procedimiento Penal y los indicios deben ser unívocos y reunidos conduzcan a la conclusión clara y precisa sobre la culpabilidad del procesado, como ocurre en el caso de autos
- lesiones graves, leves y otros
- CONSIDERANDO: Que, la sentencia de fs
- CONSIDERANDO: Que, del estudio, análisis y valoración de la prueba cursante en el proceso, conforme
- Que, para condenar debe existir plena prueba, según exige el art
- Que, el Tribunal de alzada, haciendo uso de la facultad privativa incensurable en casación que
- POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con el
- Relator: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
