CONSIDERANDO: Que del estudio de los antecedentes procesales con relación al recurso de casación deducido,
CONSIDERANDO: Que del estudio de los antecedentes procesales con relación al recurso de casación deducido, se establece:
En fecha 25 de agosto de 1998, Raúl Calderón Suárez, solicitó, ante la Dirección General de Pensiones, Renta Jubilatoria Bancaria, otorgándosele, de acuerdo a lo establecido por el art. 44-b) del Manual de Prestaciones de 21.07.97, Renta Básica de Vejez, equivalente al 32% de su promedio salarial, en el monto de Bs. 300, en razón que se acreditó para el Régimen Básico solamente 188 cotizaciones, conforme se evidencia en Resolución Nro. 008823 cursante a fs. 33
- AUTO SUPREMO Nº 243 - Administrativo (Reclamación) Sucre, 7 de junio de 2004
- PARTES: Raúl Laureano Calderón Suárez c/ Dirección General de Pensiones
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que interpuesto el Recurso de Reclamación a fs
- CONSIDERANDO: Que del estudio de los antecedentes procesales con relación al recurso de casación deducido,
- Ante el recurso de reclamación de fs
- El Auto de Vista, confirma íntegramente la Resolución Administrativa de fs
- Que para el caso de autos, corresponde observar el Segundo Párrafo del art
- Consecuentemente, no estando demostradas las infracciones acusadas, corresponde aplicar el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Sucre, 7 de junio de 2004
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
