POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad conferida por el art. 60 - 1) de la Ley de Organización Judicial, de acuerdo con el Dictamen Fiscal de fs. 267-268, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 235-233, con costas
- AUTO SUPREMO Nº 247 - Administrativo (Reclamación) Sucre, 7 de junio de 2004
- PARTES: Carlos Lema Valencia c/ Dirección General de Pensiones
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que en cumplimiento de la Sentencia Constitucional Nº
- CONSIDERANDO: Que del estudio de los antecedentes procesales con relación al recurso de casación deducido
- 2
- Consiguientemente, no estando demostradas las infracciones acusadas en el recurso, corresponde resolver el mismo conforme
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Sucre, 7 de junio de 2004
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
