Consecuentemente, evidenciándose la transgresión acusada en el recurso de casación, corresponde aplicar el art
Consecuentemente, evidenciándose la transgresión acusada en el recurso de casación, corresponde aplicar el art. 274 del Código de Procedimiento Civil, por mandato de la norma remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo
- AUTO SUPREMO Nº 257 - Administrativo (Reclamación) Sucre,11 de junio de 2004
- PARTES: Samuel Edmundo Córdova Roca c/ Dirección General de Pensiones
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que interpuesto el Recurso de Reclamación a fs
- CONSIDERANDO: Que del estudio de los antecedentes procesales con relación al recurso de casación deducido,
- El razonamiento expuesto, obedece a la norma del art
- Que en base lo expuesto, se tiene como correcto el procedimiento adoptado por la Dirección
- Consecuentemente, evidenciándose la transgresión acusada en el recurso de casación, corresponde aplicar el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Armando Villafuerte Claros
- Sucre, 11 de junio de 2004
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
