Auto Supremo AS/0271/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0271/2004

Fecha: 23-Jul-2004

CONSIDERANDO: Que, interpuesto el Recurso de Reclamación a fs





VISTOS: El recurso de casación de fs. 124-123, interpuesto por Federico Iván Escobar Loza, Director de Pensiones, contra el Auto de Vista de fs. 121, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso de Reclamación seguido por Mario Alberto Villarroel Traverso, contra la Dirección General de Pensiones; los antecedentes del proceso, Dictamen Fiscal de fs. 134, y

CONSIDERANDO: Que, interpuesto el Recurso de Reclamación a fs. 31, la Comisión de Reclamación de la Dirección General de Pensiones, pronunció Resolución Administrativa Nro. 029.00 cursante a fs. 38-37, confirmando la Resolución 010356 de 09 de agosto de 1999 por la que se procedió a otorgar a favor de Mario Alberto Villarroel Traverso, renta única de vejez. En grado de apelación la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció el Auto de Vista a fs. 121, REVOCANDO la resolución apelada, fallo que motivó el recurso de casación acusando errónea aplicación de la Ley 1732 de 29.11.96, D.S. 24469 de 17.01.97, art. 13 del D.S. 24586 de 29.05.97 y arts. 55, 67 y 85 del Manual de Prestaciones, así como de la Resolución Administrativa Nro. 03-029-92 de fecha 03.09.92; argumentando que el art. 67 párrafo cuarto concordante con el art. 85 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición de la Unidad de Recaudaciones, establece la vigencia de la Resolución Administrativa Nro. 03-029-92 de fecha 03.09.92