Auto Supremo AS/0393/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0393/2004

Fecha: 23-Jul-2004

CONSIDERANDO: Que en el marco del Código de Procedimiento Penal vigente, imperativamente se exige que





VISTOS: Los recursos de casación interpuestos por Laureano Sullcata Marca a fs. 211 y vlta., Florencio Laime Mamani a fs. 229 y vlta. y por Elsner Cruz Choque Fiscal de Sustancias Controladas a fs. 236-241, impugnando el Auto de Vista de 13 de mayo de 2004 de fs. 179-187, pronunciado por la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Beni; en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra los recurrentes y Willan Ochoa Subirana, por el delito de tráfico de sustancias controladas, previsto por el art. 48 de la Ley 1008; los antecedentes del proceso y todo cuanto ver convino, y

CONSIDERANDO: Que en el marco del Código de Procedimiento Penal vigente, imperativamente se exige que todo recurso de casación para su admisión, cumpla con las formalidades de una demanda nueva de puro derecho; esto implica el tener que llenar los requisitos previstos en los arts. 416 y 417 de la L. N° 1970