En lo referente a la solicitud de descongelamiento de cuentas de Caja de Ahorros, el
En lo referente a la solicitud de descongelamiento de cuentas de Caja de Ahorros, el Art. 176 del Código de Procedimiento Civil, aplicable al caso de análisis como norma supletoria, dispone claramente en su parágrafo II que para el descongelamiento se hace imprescindible la sustitución de esta medida precautoria con el ofrecimiento de otro bien del mismo valor por el cual la medida fue adoptada, aspecto que no ha sido cumplido en el caso de autos
- CONSIDERANDO: Que a demanda de la Honorable Alcaldía Municipal de Sucre, se giró contra la
- Que, mediante memorial cursante a fs
- Que, corrida en traslado la solicitud a la entidad coactivante, ésta no respondió pese a
- CONSIDERANDO: Que el Art
- Del análisis precedente se arriba a la conclusión de que el arraigo se constituye en
- Que el Juez de primera instancia al determinar la medida precautoria del arraigo ha lesionado
- Que, en mérito a las consideraciones que anteceden, corresponde a este Máximo Tribunal de Justicia
- En lo referente a la solicitud de descongelamiento de cuentas de Caja de Ahorros, el
- Se mantiene y ratifica la medida precautoria del congelamiento de la Cuenta de Caja de
- Regístrese y hágase saber
- Firmado: Dr. René Berindoague Peñaranda
- Dr. Carlos Roberto Cardona Uriona
- Sucre 31 de agosto de 2004
- Proveído: Dr. Luis Alfredo Revollo Tanaka
- Segunda
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