Regístrese y devuélvase
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el art. 55-17) de la Ley de Organización Judicial, DECLARA COMPETENTE al Juez de Instrucción de Familia de Cobija, para conocer y resolver la cesación de asistencia familiar invocada.
No interviene el Dr. Jaime Ampuero García, por ausencia momentánea.
Regístrese y devuélvase
- CONSIDERANDO: Que a demanda de Leonor Alencar Polanco, el Juez de Instrucción de Familia de
- Que a fs
- Que el Juez requerido negó la inhibitoria mediante el auto que cursa a fs
- Que de lo brevemente relacionado, se concluye que la petición de inhibitoria deducida por Hugo
- Regístrese y devuélvase
- ?? ?? ?? ??
