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    Auto Supremo AS/0417/2004
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0417/2004

    Fecha: 09-Ago-2004

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    • Revisión de sentencia
    • CONSIDERANDO: Que María Alicia López Iturri invocando el artículo 421 del Código de Procedimiento Penal,
    • CONSIDERANDO: Que conforme al contenido y finalidad del recurso de revisión de sentencia, ese instituto
    • El legislador ha establecido el instituto referido para atacar sentencias condenatorias firmes y no para
    • La doctrina penal contemporánea reconoce que la "revisión de sentencia condenatoria", no es un recurso
    • Por lo anotado, no corresponde la pretensión de la querellante al intentar la revisión de
    • POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • No interviene el Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada, por encontrarse ausente en misión oficial
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • roveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
    • 1

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