Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferida por el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLES los recursos de casación interpuesto a fojas 136 a 138 vuelta y a fojas 140 a 142 de obrados.
Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
- PARTES: Ministerio Público c/ Antonia Rojas Esteves y otro
- Tráfico de sustancias controladas y otro
- VISTOS: los recursos de casación de fojas 136 a 138 vuelta y de fojas 140
- CONSIDERANDO: que es inexcusable para la admisibilidad del recurso de casación el cumplimiento de los
- CONSIDERANDO: que Severo Ramírez Yucra, en el recurso de casación de fojas 140 a 142,
- Que el recurrente no ha invocado precedente contradictorio alguno ni mencionado hechos similares ni señalado
- Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
- Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada
- Dr. Jaime Ampuero García
- Dr. José Luis Baptista Morales
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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