Que la imputada Martha Cano de Fernández fue declarada autora de la comisión de los
Que la imputada Martha Cano de Fernández fue declarada autora de la comisión de los delitos previstos por los artículos 282, 283 y 287 del Código Penal, en mérito a lo cual, calificando el hecho como cometido bajo la modalidad de concurso ideal, el Juez Primero de Sentencia Penal de la ciudad de La Paz le impuso la pena de tres años de privación de libertad en reclusión a cumplir en la Penitenciaria de Mujeres en la Zona de Miraflores más sanciones secundarias de ley, fallo que fue apelado por la imputada a fojas 99 a 106 vuelta. La Corte de Alzada mediante Auto de Vista de fojas 149 a 150 vuelta declaró improcedente dicha apelación
- de Fernández. Difamación y otros
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Martha Cano de Fernández a fojas 160 a
- CONSIDERANDO: que el marco normativo del Código de Procedimiento Penal exige que todo recurso de
- Que la imputada Martha Cano de Fernández fue declarada autora de la comisión de los
- CONSIDERANDO: que en notoria disconformidad con la resolución de alzada de 11 de junio del
- Que siendo patente la omisión en la que incurrió la recurrente al no invocar ningún
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de la
- Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
- Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada
- Dr. Jaime Ampuero García
- Dr. José Luis Baptista Morales
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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