Auto Supremo AS/0443/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0443/2004

Fecha: 19-Ago-2004

Que los querellantes, dentro del plazo legal establecido en el primer periodo del artículo 417


Que los querellantes, dentro del plazo legal establecido en el primer periodo del artículo 417 de la Ley Procesal, recurrieron de casación contra el Auto de Vista mencionado denunciando que el Tribunal de alzada, al no haber señalado día y hora de audiencia para fundamentación y recepción de la prueba testifical ofrecida, incurrió en la violación de los artículos 410 y 411 del Código de Procedimiento Penal, limitando así sus derechos, privándoles de la posibilidad de demostrar que los imputados Julio Alonzo Montaño Hurtado, Lucio Chávez Huanca y Osman Fabían Padilla Hurtado fueron partícipes de la comisión de los delitos previstos en los artículos 303 y 345 del Código Penal