VISTOS: los recursos de casación interpuestos por Fernando Renjifo Antezana a fojas 176 y por
MINISTRO RELATOR: Dr. José Luis Baptista Morales
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VISTOS: los recursos de casación interpuestos por Fernando Renjifo Antezana a fojas 176 y por Macario Ovando Quiroga a fojas 178 a 179 impugnando el Auto de Vista de 21 de agosto de 2002 de fojas 173 y 173 vuelta pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito de Cochabamba en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra los recurrentes por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas
- PARTES: Ministerio Público c/ Fernando Renjifo Antezana y otro
- Falsedad material
- VISTOS: los recursos de casación interpuestos por Fernando Renjifo Antezana a fojas 176 y por
- CONSIDERANDO: que a fojas 154 a 155 cursa la sentencia pronunciada por el Juzgado de
- CONSIDERANDO: que contra el mencionado Auto de Vista el procesado Fernando Renjifo Antezana recurrió de
- Que en cuanto al recurso de casación interpuesto por el procesado Macario Ovando Quiroga a
- CONSIDERANDO: que del análisis de antecedentes, en relación a los supuestos agravios que menciona el
- Que con posterioridad a su detención, Macario Ovando Quiroga manifestó que el resto de la
- Que ese caso, en consecuencia, no corresponde a la comisión del delito de transporte de
- Que la decisión del juzgador no debe estar reatada a la voluntad del inculpado en
- Que al haber sido encontrado al procesado Macario Ovando Quiroga en posesión de 1
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de la
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, veintitrés de agosto de dos mil cuatro
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