POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en desacuerdo con el
POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en desacuerdo con el requerimiento del Fiscal Adjunto, en aplicación del numeral 2) del artículo 307 del Código de Procedimiento Penal, declara INFUNDADOS los recursos de casación de fojas 576 a 580 y 587 a 588, respectivamente
- Que la Sala Penal Primera de la Corte Superior de La Paz, como Tribunal de
- CONSIDERANDO: que del estudio y análisis de la prueba cursante en el proceso, con relación
- En cuanto a la violación del artículo 55 de la Ley 1008, aducida por el
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en desacuerdo con el
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada
- Dr. Jaime Ampuero García
- Dr. José Luis Baptista Morales
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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