CONSIDERANDO: que la sentencia de fojas 353 a 355 y 355 vuelta, pronunciada por el
VISTOS: el recurso de nulidad y casación interpuesto por Josefina, Quiteria y Herminia Velásquez Almendras a fojas 371 a 372 y 372 vuelta, impugnando el Auto de Vista de 15 de agosto de 2002 de fojas 369, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Justicia del Distrito de Cochabamba, en el proceso penal seguido a querella de Albino Alvarez Lizarazu contra las recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de apropiación indebida, falsedad material, falsedad ideológica, falsificación de documento privado, uso de instrumento falsificado y despojo; los antecedentes del proceso, el requerimiento del Fiscal Adjunto de la Fiscalía General de la República de fojas 382 a 383, y;
CONSIDERANDO: que la sentencia de fojas 353 a 355 y 355 vuelta, pronunciada por el Juez de Partido de Punata, declara a las procesadas Josefina Velásquez Almendras, Quiteria Velásquez Almendras y Herminia Velásquez Almendras, autoras del delito de apropiación indebida incurso en la sanción del artículo 345 del Código Penal, imponiéndoles la pena de un año y seis meses de reclusión a cumplir en la Cárcel de Arani, más costas al Estado y reparación de daños civiles a favor de la víctima, y absuelve a las inculpadas de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica, falsificación de documento privado, uso de instrumento falsificado y despojo, tipificados en los artículos 198, 199, 200, 203 y 351 del Código Penal, por existir sólo prueba semiplena, en aplicación del artículo 244-1) del Código de Procedimiento Penal; fallo que al ser apelado ha sido confirmado por la Corte de alzada mediante Auto de Vista de fojas 369
- otras. Apropiación indebida y otros
- MINISTRO RELATOR: Dr. Héctor Sandoval Parada
- CONSIDERANDO: que la sentencia de fojas 353 a 355 y 355 vuelta, pronunciada por el
- CONSIDERANDO: que contra el Auto de Vista señalado al exordio, recurren de nulidad y casación
- CONSIDERANDO: que del análisis de los datos del proceso, en relación a los argumentos expuestos
- Por otra parte, queda flotando la duda respecto al grado de parentesco que guardan las
- Desde una concepción estrictamente jurídica, la culpabilidad se identifica con la imputación subjetiva y que
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de la
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada
- Dr. Jaime Ampuero García
- Dr. José Luis Baptista Morales
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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