Auto Supremo AS/0037/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0037/2004

Fecha: 30-Sep-2004

De la revisión de obrados se constata que el juez a-quo pronunció sentencia declarando probada


CONSIDERANDO: El recurso de casación es una demanda nueva de puro derecho, que para ser considerada y resuelta en la forma o en el fondo, previamente debe acreditarse la procedencia del mismo, cumpliendo para ello con los requisitos regulados en el art. 258 inc. 2º del Código de Procedimiento Civil, es decir, no sólo citar la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente, sino especificar en qué consisten la violación, falsedad o error, y cómo debe interpretarse o aplicarse correctamente la infracción a la ley, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma, o ambos remedios procesales.

De la revisión de obrados se constata que el juez a-quo pronunció sentencia declarando probada la demanda e improbada la demanda reconvencional, en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a los esposos Gabriel José Roca Bascope y Elena Gutiérrez Arias. En apelación el Tribunal ad-quem emitió auto de vista a través del que confirmo la sentencia impugnada