Sucre, uno de septiembre de dos mil cuatro
Regístrese, hágase saber y devuélvase
Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada
Dr. Jaime Ampuero García
Dr. José Luis Baptista Morales
Sucre, uno de septiembre de dos mil cuatro
- CONSIDERANDO: que de acuerdo a la normativa Procesal Penal, el recurso de casación para ser
- CONSIDERANDO: que del análisis de los antecedentes procesales y el recurso interpuesto se evidencia que
- Que por lo dicho se demuestra que el recurrente no ha cumplido con la segunda
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del último
- Sucre, uno de septiembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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