Que el imputado Filemón Calisaya al impugnar el Auto de Vista de fojas 78 a
Que el imputado Filemón Calisaya al impugnar el Auto de Vista de fojas 78 a 79 vuelta, afirma que el Tribunal ad quem al no haber sopesado su situación de dependiente y consumidor de droga, previsto por el artículo 49 de la Ley N° 1008, concordante con el artículo 26 de su Reglamento, y ante la total inexistencia de elementos probatorios que tampoco fueron considerados, ha atentado contra el principio de presunción de inocencia y por ende ha actuado al margen de lo determinado por el inciso 2) del artículo 363 del Código de Procedimiento Penal, tenida cuenta que lo que correspondía era declarar su absolución por el delito atribuido
- PARTES: Ministerio Públicoc/ Israel Mamani Flores y otro
- Tráfico de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: que el nuevo Código de Procedimiento Penal exige que todo recurso de casación para
- Que el imputado Filemón Calisaya al impugnar el Auto de Vista de fojas 78 a
- Para viabilizar el recurso de casación incoado invoca como precedentes los Autos Supremos N° 29
- De todo lo revisado, se advierte que el recurrente cumple tanto con adjuntar la copia
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de la
- Regístrese y hágase saber
- Sucre, diez de septiembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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