Que el recurrente a tiempo de interponer el recurso de casación de fojas 141 a
Que el recurrente a tiempo de interponer el recurso de casación de fojas 141 a 142 vuelta, omitió invocar el precedente que permita al Supremo Tribunal abrir su competencia y así analizar el fondo de los supuestos agravios que se especifican defecto que no es posible subsanar de oficio y menos salvar la negligencia del llamado por ley a formular el recurso cumpliendo los requisitos legales de formalidad que establecen los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal
- PARTES: Ministerio Público y otro c/ Freddy Vaca Cortez
- Allanamiento de domicilio agravado
- CONSIDERANDO: Que el artículo 416 de la Ley Procesal establece que el recurso de casación
- Que en el caso de autos, no se advierte ningún defecto absoluto que pudiera dar
- Que el recurrente a tiempo de interponer el recurso de casación de fojas 141 a
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de la
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, diez de septiembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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