Auto Supremo AS/0522/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0522/2004

Fecha: 20-Sep-2004

CONSIDERANDO: que impugnando el Auto de Vista de fojas 234 a 239 recurre de casación


Que interpuesto el recurso de apelación restringida por Cristhian Donny Plata Fernández, la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de La Paz mediante Auto de Vista de fojas 234 a 239 ante la imposibilidad de reparar directamente las inobservancias procesales y omisiones legales incurridas por el Juez de primera instancia de conformidad a las previsiones del artículo 413 concordante con los artículos 169 incisos 3) y 4), 370 incisos 1), 4), 5), 6), 8), 10) y 11) del Código de Procedimiento Penal, ANULA obrados hasta fojas 8 inclusive, disponiendo la apertura de nuevo juicio por otro Tribunal de sentencia.

CONSIDERANDO: que impugnando el Auto de Vista de fojas 234 a 239 recurre de casación el Fiscal de Materia con los fundamentos expuestos en su memorial de fojas 245 a 248 denunciando que la Corte de Alzada al pronunciar el Auto de Vista de 19 de febrero de 2003 ha interpretado en forma errada los preceptos contenidos en el artículo 134 del Código de Procedimiento Penal respecto a la extinción de la acción penal en la etapa preparatoria, de donde resulta que las excepciones planteadas por el procesado al tenor del artículo 308 inciso 3) y 4) del Código de Procedimiento Penal, que fueron rechazadas por el tribunal inferior no ha violado el artículo 169 inciso 3) de la antes referida norma. Asimismo señala que no es cierto que en la sentencia exista incongruencia entre la acusación y el fallo dictado por el delito de asesinato, si se tiene en cuenta que el acusador particular se ha querellado por el delito de asesinato