POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus
POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por José Ángel Rodríguez Sánchez impugnando el Auto de Vista pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca el 20 de agosto del presente año 2004, y dispone que se devuelvan actuados al Tribunal que dictó el Auto de Vista recurrido
- Transporte de sustancias controladas
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto por José Ángel Rodríguez Sánchez el 1º de septiembre
- CONSIDERANDO: que en mérito a acusación formulada por el Ministerio Público, se inició en marzo
- Que contra esa Sentencia, José Ángel Rodríguez Sánchez interpuso recurso de apelación restringida, respecto al
- Que impugnando el mencionado Auto de Vista, José Ángel Rodríguez Sánchez interpuso recurso de casación
- Que el recurrente, si bien mencionó como precedentes los Autos Supremos números 56, 126, 756,
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, veintiuno de septiembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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