Invoca como precedentes contradictorios: el Auto de Vista Nº 25/2004 de fecha 2 de octubre
Invoca como precedentes contradictorios: el Auto de Vista Nº 25/2004 de fecha 2 de octubre de 2004 dictado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Oruro (contrastación positiva) y el Auto de Vista de fecha 25 de septiembre de 2003 dictado por los componentes de la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Ariel Reynaldo Ramos Chávez por el delito de asesinato (contrastación negativa). Finalmente, que el Auto de Vista impugnado habría sido dictado sin tomar en cuenta los límites jurisprudenciales respecto a la calificación del delito de asesinato y homicidio
- VISTOS: el recurso de casación cursante de fojas 139 a 142 y vuelta interpuesto por
- CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación se debe cumplir con los requisitos
- CONSIDERANDO: que el recurrente Andrés Cardozo Flores fundamenta su impugnación denunciando "excesos interpretativos en las
- Que al margen de lo indicado fundamenta su recurso en sentido de que el tribunal
- Invoca como precedentes contradictorios: el Auto de Vista Nº 25/2004 de fecha 2 de octubre
- CONSIDERANDO: que de la revisión del Auto de Vista impugnado se colige que el recurso
- Regístrese y hágase saber
- Sucre, veintiuno de octubre de dos mil cinco
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
