CONSIDERANDO: que, a fojas 50 a 60, el Tribunal de Sentencia de Yacuiba, provincia Gran
VISTOS: el recurso de casación de fojas 102 a 103, interpuesto por Teodocio Padilla Sossa, impugnando el Auto de Vista Nº 36/2005 de 10 de septiembre de 2005 de fojas 84 a 86 vuelta, pronunciado por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio contra Rodolfo Padilla Sossa, Edgar Padilla Sossa, Juan Copa Sánchez y el recurrente por el delito de tráfico de sustancias controladas, que prevé en el Art. 48, definido por el Art. 33 inc. m) de la Ley 1008; y,
CONSIDERANDO: que, para la admisibilidad del recurso de casación se deben cumplir los requisitos formales exigidos por los Arts. 416 y 417 de la Ley Nº 1970, debiendo el recurrente interponer el recurso de casación dentro del plazo de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista objeto de la impugnación, precisando hechos similares y estableciendo la contradicción de una o más normas sustantivas y adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado.
CONSIDERANDO: que, a fojas 50 a 60, el Tribunal de Sentencia de Yacuiba, provincia Gran Chaco del Departamento de Tarija, declara al imputado Teodocio Padilla Sossa, autor del delito de trafico de sustancias controladas, previsto en el Art. 48, con referencia al Art. 33 inc. m) de la Ley 1008, condenándolo a la pena de diez años de presidio a cumplir en la cárcel pública del Centro de rehabilitación de Palmasola de Santa Cruz, al pago de 300 días multa a razón de Bs. 1 por día, y costas a favor del Estado. Absuelve de culpa y pena a los imputados Juan Copa Sánchez, Edgar Padilla Sossa y Rodolfo Padilla Sossa de la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas estatuido en el Art. 48, con relación al 33 inc. m) de la Ley 1008. Confisca el vehículo con placa de control Nº 364-TEE y un celular; con la disidencia de la jueza técnica, en cuanto a la pena, que siendo en volúmenes mayores debe ser agravada
- PARTES : Ministerio Público c/ Rodolfo Padilla Sossa y otros
- Tráfico de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: que, a fojas 50 a 60, el Tribunal de Sentencia de Yacuiba, provincia Gran
- CONSIDERANDO: que, Teodocio Padilla Sossa, recurre de casación a fojas 102 a 103, impugnando el
- CONSIDERANDO: que, si bien el imputado Teodocio Padilla Sossa, interpone el recurso de casación dentro
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en sujeción de
- Regístrese y devuélvanse actuados al Tribunal de Alzada
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
