CONSIDERANDO: que, Luis Reynaldo Villca Tapia mediante su recurso de casación impugna el Auto de
CONSIDERANDO: que, Luis Reynaldo Villca Tapia mediante su recurso de casación impugna el Auto de Vista de fecha 18 de julio de 2005 reiterando la contradicción efectuada por los recurrentes mencionados; al respecto, invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo Nº 99, de fecha 24 de marzo de 2005; asimismo, invoca los Autos Supremos Nº 127, de 9 de marzo de 2004; y, 232, de 14 de abril de 2004 que se refieren al delito de transporte de sustancias controladas y a la imposición de pena privativa de libertad de 8 años de presidio
- VISTOS: Los recursos de casación de fojas 125 a 130, 133 a 139 y 142
- CONSIDERANDO: que, Javier Herrera recurre de casación e impugna el Auto de Vista de fojas
- CONSIDERANDO: que, Reynaldo Meneces Escobar, Quintín Calle Álvarez y Javier Herrera mediante el recurso de
- CONSIDERANDO: que, Luis Reynaldo Villca Tapia mediante su recurso de casación impugna el Auto de
- Regístrese y hágase saber
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
