Auto Supremo AS/0423/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0423/2005

Fecha: 14-Oct-2005

POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en sujeción de


CONSIDERANDO: que, si bien Salomón Moreno Vaca, interpone el recurso de casación dentro del término de los cinco días que prescribe la primera parte del Art. 417 de la Ley 1970, adjuntando la copia del recurso de apelación restringida, invocando como precedente contradictorio el Auto Supremo Nº 317 de 13 de junio de 2003, empero, dicho precedente trata de un proceso por delitos de falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado y peculado, en el que si bien se dejó sin efecto el Auto de Vista impugnado y estableció la doctrina legal aplicable, ello se debió que al haberse anulado parcialmente la sentencia de primer grado y dictado un Auto de Vista haciendo extensiva la absolución a los otros co-imputados, por los delitos previstos en los Arts. 143, 154, 199, 203 y 142 del Código Penal; debió indicarse el objeto del nuevo juicio y remitirse obrados a otro Tribunal para la reposición del juicio; por un lado y por otro; comprende delitos contra la fe pública como son la falsedad ideológica y otros, no siendo por dichas situaciones ese precedente, aplicable a éste caso en el que se juzga el delito de transporte de sustancias controladas, previsto en el Art. 55 de la Ley 1008; además que, el recurrente no especifica en que consiste la contradicción del fallo que se pretende rever.

Esta forma inadecuada de deducir el recurso de casación hace que el Tribunal Supremo no abra su competencia para conocer el recurso, omisión que no puede suplirse de oficio, por ser la base y sustento legal para su admisión, lo que deviene en inadmisible, conforme el Art. 418 del mismo cuerpo legal.

POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en sujeción de los Arts. 59 numeral 1) de la Ley de Organización judicial y segunda parte del Art. 417 y primera parte del Art. 418 de la Ley 1970, declara INADMISIBLE el recurso de casación planteado por Salomón Moreno Vaca de fojas 165 a 170