Sucre, quince de octubre de dos mil cinco
Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
Dra. Beatriz A. Sandoval. De Capobianco
Sucre, quince de octubre de dos mil cinco
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 98 a 103 interpuesto por Jaime Jarro Cuyo
- CONSIDERANDO: que el Tribunal de Sentencia Nº 1 de la ciudad de Potosí declaró a
- Que la sentencia fundamenta indicando que los hechos han ocasionado un perjuicio moral, social capaz
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, quince de octubre de dos mil cinco
- Proveido.- Ruth Burgos Bonilla- Secretaria de Cámara.
