Auto Supremo AS/0059/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0059/2005

Fecha: 29-Nov-2005

CONSIDERANDO: Que, para que este Tribunal Supremo, adquiera competencia y pueda analizar el fondo del


CONSIDERANDO: Que, para que este Tribunal Supremo, adquiera competencia y pueda analizar el fondo del recurso, al constituir una demanda nueva de puro derecho, el recurrente debe cumplir la carga procesal impuesta por el art. 258 inc. 2) del Cód. Pdto. Civ., referida a citar en términos claros, concretos y precisos, la sentencia o auto del que se recurriere, su folio dentro del expediente, especificar la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente, e individualizar en qué consisten la violación, falsedad o error denunciados, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma o en ambos