Consiguientemente, no habiéndose infringido ninguna disposición legal, menos las que cita el recurrente, corresponde la
Consiguientemente, no habiéndose infringido ninguna disposición legal, menos las que cita el recurrente, corresponde la aplicación del art. 273 del Código de Procedimiento Civil, con la permisión de la norma remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo
- AUTO SUPREMO N° 366 - Social Sucre, 30 de noviembre de 2005
- PARTES: Wálter Nelson Cortez Gallo c/ Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Cbba
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda de fs
- CONSIDERANDO: Que revisados los antecedentes y datos del proceso, con relación al recurso extraordinario presentado,
- 3) Finalmente, debe señalarse, sustentado en lo expuesto precedentemente, que habiendo el actor prestado servicios
- Consiguientemente, no habiéndose infringido ninguna disposición legal, menos las que cita el recurrente, corresponde la
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator: Ministro Dr. Carlos Rocha Orosco
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Alberto Ruiz Pérez
- Sucre, 30 de noviembre de 2005
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.-Secretario de Cámara.
