Auto Supremo AS/0093/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0093/2005

Fecha: 19-Dic-2005

De otro lado, es pertinente, a efectos de resolver el recurso planteado, establecer las características


De otro lado, es pertinente, a efectos de resolver el recurso planteado, establecer las características del trabajo desempeñado por la actora, para luego determinar si se encuentra o no comprendida dentro de las excepciones previstas por la norma citada conforme alega el recurrente. En ese orden, de la revisión de antecedentes procesales, se evidencia que la actora tenía el cargo de Técnica de Alimentos, ejerciendo las funciones de control y ordenamiento de la feria del mercado Bolívar, conforme se evidencia de las órdenes de servicio de fs. 1-8 y de fs. 34 a 49 del expediente; consiguientemente, se deduce que no ejercía las funciones de vigilancia como se afirma en el recurso, sino de control, tomando en cuenta que vigilancia es la acción de velar, cuidado atento respecto de una cosa o bien; en tanto que, control, es comprobación, inspección, supervisión respecto de una actividad. Asimismo, cabe precisar que la actora tampoco ejerció funciones de dirección, de confianza, ni tenía un trabajo discontinuo o uno que no se pueda acomodar a la jornada de trabajo en los términos previstos por la ley laboral, coligiéndose, por lo tanto, que la actora no se halla comprendida dentro de las excepciones previstas por la última parte del art. 46 de la LGT, concluyéndose que la infracción acusada en el recurso extraordinario no es evidente