Auto Supremo AS/0234/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0234/2005

Fecha: 14-Dic-2005

CONSIDERANDO: A fs


 

VISTOS: El recurso de casación de fs. 408 a 410, presentado por Victoria Coral Escóbar contra el auto de vista de fs. 404 a 405 vta, de 6 de febrero de 2004, dictado por la Sala Civil, Comercial y Familiar de Oruro en el proceso ordinario de ruptura unilateral seguido por la recurrente contra Eduardo José Felípez Miranda; el dictamen del Fiscal General de la República, lo actuado en el proceso, y

CONSIDERANDO: A fs. 387-388 vta., en fecha 23 de octubre de 2003, el Juez 1º de Partido de Familia de Oruro pronuncia la sentencia que declara improbada la demanda de fs. 11-12 interpuesta por Victoria Coral Escóbar y probadas las excepciones de falta de acción y derecho opuestas por el demandado Eduardo Jose Felípez Miranda, dejando sin efecto las medidas provisionales dispuestas a fs. 263 vta., salvando los derechos de la menor Narda Yocenia Felípez Escóbar a la vía aconsejada por la ley; con costas. La nombrada demandante apela contra esta resolución, y elevado el proceso a la Corte Superior de ese distrito, la sala Civil, Familiar y Comercial pronuncia el auto de vista recurrido saliente a fs. 404-405 confirmando el fallo del a quo, contra el cual la misma demandante recurre de casación en la forma y en el fondo