Auto Supremo AS/0481/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0481/2005

Fecha: 08-Dic-2005

POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en uso de


En consecuencia, de lo precedentemente expuesto se colige que los fundamentos del recurso de casación deducido por Luis Alberto Suárez Medina no tienen asidero legal, situación que conlleva declararlo infundado.

POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en uso de la atribución conferida por el artículo 59 numeral 1) de la Ley de Organización Judicial y en aplicación de la segunda parte del artículo 419 de la Ley Nº 1970, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto a fojas 353 y vuelta