Que los recurrentes han cumplido con los requisitos formales fijados por el artículo 417 del
Que los recurrentes han cumplido con los requisitos formales fijados por el artículo 417 del Código de Procedimiento Penal, debiendo en consecuencia declarar la admisibilidad de los recursos de casación interpuestos
- VISTOS: los recursos de casación de fojas 4956 a 4957 y 5039 a 5044 interpuesto
- CONSIDERANDO:el Tribunal de casación declara la admisibilidad del recurso de casación, cuando éste ha cumplido
- 4) Que el Tribunal de Alzada mediante auto complementario dejó sin efecto la sentencia que
- Que los recurrentes han cumplido con los requisitos formales fijados por el artículo 417 del
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
