VISTOS: el recurso de compulsa de fojas 22 interpuesto por Alfredo Arias Arias contra la
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 540 Sucre 20 de diciembre de 2005
DISTRITO: La Paz
PARTES : Alfredo Arias Arias c/ Sala Penal Primera de la R. Corte
Superior de Justicia de La Paz. Incumplimiento de deberes y otros. Compulsa.
VISTOS: el recurso de compulsa de fojas 22 interpuesto por Alfredo Arias Arias contra la resolución de fecha 1 de noviembre de 2005 pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz que rechazó el recurso de apelación interpuesto, dentro del proceso penal seguido por la Corporación Minera de Bolivia contra el recurrente y otros, por el delito de incumplimiento de deberes y otros, previsto y sancionado por el artículo 154 del Código Penal
AUTO SUPREMO: No. 540 Sucre 20 de diciembre de 2005
DISTRITO: La Paz
PARTES : Alfredo Arias Arias c/ Sala Penal Primera de la R. Corte
Superior de Justicia de La Paz. Incumplimiento de deberes y otros. Compulsa.
VISTOS: el recurso de compulsa de fojas 22 interpuesto por Alfredo Arias Arias contra la resolución de fecha 1 de noviembre de 2005 pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz que rechazó el recurso de apelación interpuesto, dentro del proceso penal seguido por la Corporación Minera de Bolivia contra el recurrente y otros, por el delito de incumplimiento de deberes y otros, previsto y sancionado por el artículo 154 del Código Penal
- VISTOS: el recurso de compulsa de fojas 22 interpuesto por Alfredo Arias Arias contra la
- Que Alfredo Arias Arias mediante su recurso de compulsa de fojas 22 impugna la resolución
- CONSIDERANDO: que del análisis y compulsa de los antecedentes y del recurso de compulsa se
- Que el recurso de compulsa contra resoluciones dictadas por autoridades judiciales sobre extinción de la
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia con la facultad
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
