Auto Supremo AS/0045/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0045/2005

Fecha: 22-Mar-2005

deberán hacerse precisamente en el recurso y no fundarse en memoriales o escritos anteriores ni


Que concretamente el inciso 2) de la citada disposición legal ordena: "Deberá citar en términos claros, concretos y precisos la sentencia o auto del que se recurriere, su folio dentro del expediente, la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente, y especificar en qué consiste la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma, o ambos. Estas especificaciones

 

deberán hacerse precisamente en el recurso y no fundarse en memoriales o escritos anteriores ni suplirse posteriormente"