Auto Supremo AS/0046-C/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0046-C/2005

Fecha: 03-Mar-2005

CONSIDERANDO: Que, como consecuencia del recurso de Compulsa formulado por Ernesto Daza Rivero en representación




VISTOS: El Auto Supremo Nro. 98/04 de 28 de febrero de 2004 emitido dentro del recurso de Compulsa formulado por el Lloyd Aéreo Boliviano (Exp. Nro 69/04), dentro de proceso laboral seguido por José Rubén Gutiérrez Hinojosa por sí y en representación de los trabajadores del L.A.B. S.A. contra dicha Empresa; la Sentencia Constitucional 1468/2004-R de 14 de septiembre de 2004 y Auto Complementario 83/2004 de 12 de Octubre de 2004, dictados por el Tribunal Constitucional; los antecedentes, y

CONSIDERANDO: Que, como consecuencia del recurso de Compulsa formulado por Ernesto Daza Rivero en representación del Lloyd Aéreo Boliviano S.A. contra el Auto de 03 de febrero de 2004 que rechaza el recurso de casación interpuesto contra los Autos de Vista de 15 de enero de 2004 y 19 de enero de 2004, la Sala Social y Administrativa, mediante Auto Supremo Nro. 98/04 de 28 de febrero de 2004, declaró LEGAL la compulsa, con el siguiente fundamento:

"Que si bien es evidente que el art. 518 del Código de Procedimiento Civil prevé que las resoluciones dictadas en ejecución de sentencia sólo podrán ser apeladas en el efecto devolutivo y sin recurso ulterior, no es menos evidente que en el caso de autos, por los argumentos que sostiene el representante del LAB S.A. y las infracciones legales que acusa, el proceso de ejecución de sentencia, por sus precedentes procesales, pondría en riesgo la ejecución de la sentencia en los términos y alcances previstos por ella y en sujeción a la Ley"