CONSIDERANDO: El Juez 1º de Partido de Familia pronuncia la sentencia de fs
SALA CIVIL PRIMERA
AUTO SUPREMO N° 107 Sucre, 13 de Mayo de 2005
DISTRITO : Oruro PROCESO: Ordinario de divorcio
PARTES : Eduardo Camacho Saenz c/ Haydee Rodríguez Zelada
MINISTRO RELATOR: Dr. Armando Villafuerte Claros
-VISTOS: El recurso de nulidad y casación de fs. 142 y vta. presentado por Haydee Rodríguez Zelada contra el auto de vista de fs. 137-139, pronunciado por la Sala Civil de la Corte Superior de Oruro en fecha 16 de noviembre de 2004, en el proceso ordinario de divorcio seguido por Eduardo Camacho Saenz contra la recurrente; lo obrado en el proceso, y
CONSIDERANDO: El Juez 1º de Partido de Familia pronuncia la sentencia de fs. 121-122 y vta., declarando probada la demanda principal de fs. 6-6 y vta., complementada a fs. 11, formulada por Eduardo Camacho Saenz contra Haydee Martha Rodríguez Zelada, por la causal prevista en el art. 131 del Código de familia, e improbada la reconvención de ésta, cursante a fs. 14-15, por las causales 1, 4 y 5 del art. 130 del mismo cuerpo legal, y por consiguiente, disuelto el vínculo matrimonial; dispone que la hija Claudia Camacho Rodríguez continúe bajo el cuidado de su progenitor y la hija mayor, Carla Camacho Rodríguez, quede con la madre y, dada su condición de estudiante, señala en su favor la suma de Bs. 200 mensual como asistencia familiar que debe pagar Eduardo Camacho Saenz
AUTO SUPREMO N° 107 Sucre, 13 de Mayo de 2005
DISTRITO : Oruro PROCESO: Ordinario de divorcio
PARTES : Eduardo Camacho Saenz c/ Haydee Rodríguez Zelada
MINISTRO RELATOR: Dr. Armando Villafuerte Claros
-VISTOS: El recurso de nulidad y casación de fs. 142 y vta. presentado por Haydee Rodríguez Zelada contra el auto de vista de fs. 137-139, pronunciado por la Sala Civil de la Corte Superior de Oruro en fecha 16 de noviembre de 2004, en el proceso ordinario de divorcio seguido por Eduardo Camacho Saenz contra la recurrente; lo obrado en el proceso, y
CONSIDERANDO: El Juez 1º de Partido de Familia pronuncia la sentencia de fs. 121-122 y vta., declarando probada la demanda principal de fs. 6-6 y vta., complementada a fs. 11, formulada por Eduardo Camacho Saenz contra Haydee Martha Rodríguez Zelada, por la causal prevista en el art. 131 del Código de familia, e improbada la reconvención de ésta, cursante a fs. 14-15, por las causales 1, 4 y 5 del art. 130 del mismo cuerpo legal, y por consiguiente, disuelto el vínculo matrimonial; dispone que la hija Claudia Camacho Rodríguez continúe bajo el cuidado de su progenitor y la hija mayor, Carla Camacho Rodríguez, quede con la madre y, dada su condición de estudiante, señala en su favor la suma de Bs. 200 mensual como asistencia familiar que debe pagar Eduardo Camacho Saenz
- CONSIDERANDO: El Juez 1º de Partido de Familia pronuncia la sentencia de fs
- Contra dicha resolución de primera instancia, presenta recurso de apelación la nombrada demandada, pidiendo se
- Contra el auto de vista, la misma demandada recurre de nulidad y casación a fs
- CONSIDERANDO: De acuerdo a lo dispuesto en el numeral 2) del art
- POR TANTO: La Sala Civil Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- No se regula honorario de abogado por no haber intervenido en casación
- MINISTRO RELATOR: Dr. Armando Villafuerte Claros
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dr. Armando Villafuerte Claros
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 13 de Mayo de 2005
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil Primera.
