Contra dicha resolución de primera instancia, presenta recurso de apelación la nombrada demandada, pidiendo se
Contra dicha resolución de primera instancia, presenta recurso de apelación la nombrada demandada, pidiendo se le asigne la suma de Bs. 400 tanto para ella como para la hija cuya guarda se le ha encomendado; para ello pide se considere su falta de recursos e impedimento para el trabajo por razones de salud. La Sala Civil de la Corte Superior del Distrito de Oruro dicta el auto de vista de fs. 137-139, por el que confirma la sentencia apelada y modifica la pensión de asistencia incrementándola a la suma de Bs. 300 a favor de la nombrada hija Carla Camacho Rodríguez
- CONSIDERANDO: El Juez 1º de Partido de Familia pronuncia la sentencia de fs
- Contra dicha resolución de primera instancia, presenta recurso de apelación la nombrada demandada, pidiendo se
- Contra el auto de vista, la misma demandada recurre de nulidad y casación a fs
- CONSIDERANDO: De acuerdo a lo dispuesto en el numeral 2) del art
- POR TANTO: La Sala Civil Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- No se regula honorario de abogado por no haber intervenido en casación
- MINISTRO RELATOR: Dr. Armando Villafuerte Claros
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dr. Armando Villafuerte Claros
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 13 de Mayo de 2005
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil Primera.
