Auto Supremo AS/0144/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0144/2005

Fecha: 12-May-2005

CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs




VISTOS: El recurso de nulidad de fs. 188-189 vlta., interpuesto por Jesús Manuel Calani Zegarra, en representación del Servicio Nacional de Caminos, contra el Auto de Vista de fs. 182-184, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro del proceso social de pago de beneficios sociales, seguido por Heriberto Ríos Salas y otros contra el recurrente; los antecedentes del proceso, el dictamen del Sr. Fiscal General del República de fs. 200-201, y

CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs. 16-18, el proceso es tramitado conforme a ley y la Jueza del Trabajo y Seguridad Social de Oruro, pronuncia Sentencia a fs. 133-138, declarando PROBADA en parte la demanda e igualmente la excepción perentoria de pago. Apelada esta resolución, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, pronuncia el Auto de Vista a fs. 182-184 vlta., CONFIRMANDO en parte la sentencia y Revocando en cuanto a la percepción del desahucio. Dicho fallo, motivó el recurso de nulidad de fs. 188-189 vlta. que se examina, el cual acusa la interpretación errónea de los arts. 13 y 17 de la Ley General del Trabajo, al disponer que se les cancele a los actores, el beneficio de la indemnización, con el razonamiento de que no fueron retirados de su fuente de trabajo, de manera intempestiva; pidiendo, en definitiva, que se anule el fallo del Tribunal Ad quem y se declare improbada la demanda