CONSIDERANDO: que, para la formulación del recurso de casación se deben cumplir las condiciones de:
VISTOS: el recurso de casación de fojas 170 a 171 vuelta, interpuesto por Lucia Ticona de Morales y Freddy Morales Ticona, impugnando el Auto de Vista Nº 113/05 de 14 de marzo de 2005 de fojas 165 vuelta, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Irene Chávez de Mamani contra los recurrentes, por el delito de despojo, sancionado en el Art. 351 del Código Penal, y,
CONSIDERANDO: que, para la formulación del recurso de casación se deben cumplir las condiciones de: 1) presentar el recurso dentro de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista, 2) citar el precedente contradictorio en el recurso de casación y 3) establecer la situación del hecho similar y precisar el sentido jurídico contradictorio entre el precedente y Auto de Vista impugnado
- otro. Despojo
- CONSIDERANDO: que, para la formulación del recurso de casación se deben cumplir las condiciones de:
- 1
- Que, los recurrentes han cumplido con los requisitos formales exigidos por los Arts
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval Bascopé
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
