Auto Supremo AS/0180/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0180/2005

Fecha: 09-Jun-2005

CONSIDERANDO: que del examen de antecedentes, se tiene que notificado que fue el Auto de


CONSIDERANDO: que del examen de antecedentes, se tiene que notificado que fue el Auto de Vista Nº 49/2005, mediante diligencias cursantes a fojas 92, los impetrantes plantean los recursos señalados al exordio dentro el término previsto por el artículo 417 del Código de Procedimiento Penal, cumpliendo el plazo estipulado en la presentación oportuna del recurso, sin embargo, por mandato imperativo de la ley, el recurso no sólo debe cumplir con el requisito anotado, sino con otros que son de obligatorio cumplimiento, tomando en cuenta que el recurso de casación constituye una demanda nueva de puro derecho y debe reunir los requisitos establecidos en los artículos 416 y 417 de la Ley 1970 para posibilitar su procedencia