POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, aplicando el artículo
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, aplicando el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, ADMITE el recurso de casación cursante de fojas 81 a 85 y vuelta de obrados interpuesto por José Luis Villca Macías y Félix Catari León impugnando el Auto de Vista Nº 35/2005 pronunciado en fecha 14 de mayo de 2005 por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí
- Hurto y robo agravado
- CONSIDERANDO: que José Luis Villca Macías y Félix Catari León interponen recurso de casación mediante
- Que revisados los datos del proceso, se evidencia que el recurso de casación fue interpuesto
- Que los recurrentes plasman en su recurso el análisis de los antecedentes de hecho e
- Que expuesta la explicación de los hechos y el análisis procesal emergente, el recurso interpuesto
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, aplicando el artículo
- A los efectos del segundo párrafo del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, se
- Regístrese y hágase saber
- Sucre, nueve de junio de dos mil cinco
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
